Art. 22 · Decisiones del Consejo

Art. 22

Decisiones del Consejo

En vigor desde 20 sept 2005
Artículo 22 Decisiones del Consejo El Consejo decidirá por mayoría cualificada de sus miembros cuando tome medidas consecutivas a lo dispuesto en el artículo 8, apartado 3, en el artículo 10, apartado 9, letras d) y e), en el artículo 11, apartado 1, y en el artículo 16, apartado 9.
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