Art. 5
Elección del presidente y vicepresidentes
En vigor desde 26 ago 2005
Artículo 5
Elección del presidente y vicepresidentes
El CCTEP elegirá entre sus miembros a un presidente y dos vicepresidentes para un período de tres años. El presidente y los vicepresidentes del CCTEP no podrán ser reelegidos para la misma función durante más de dos períodos consecutivos.
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