Art. 1

Art. 1

En vigor desde 2 ago 2005
Artículo 1 Por medio de la presente Decisión, se reconoce como totalmente operativo el sistema de identificación y registro de animales de la especie ovina previsto en el artículo 4, apartado 2, letra c), del Reglamento (CE) no 21/2004 del Consejo aplicado por Irlanda a partir del 9 de julio de 2005.
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