Art. 6

Art. 6

En vigor desde 23 mar 2005
Artículo 6 Las etiquetas ecológicas concedidas antes de la fecha de notificación de la presente Decisión referentes a los productos de la categoría de productos «productos de limpieza de uso general y productos de limpieza de cocinas y baños» podrán seguir utilizándose hasta el 31 de marzo de 2006. Cuando se hayan presentado solicitudes antes de la fecha de notificación de la presente Decisión para la obtención de la etiqueta ecológica respecto a los productos de la categoría de productos «productos de limpieza de uso general y productos de limpieza de cocinas y baños», estos podrán obtener dicha etiqueta con arreglo a las condiciones establecidas en la Decisión 2001/523/CE. En tales casos, la etiqueta ecológica podrá utilizarse hasta el 31 de marzo de 2006.
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