Art. 4

Art. 4

En vigor desde 14 mar 2005
Artículo 4 La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2005:447:oj#art-4