Art. 1
En vigor desde 14 mar 2005
Artículo 1
No obstante lo dispuesto en el artículo 14, apartado 1, letra d), de la Directiva 77/388/CEE, se autoriza a Dinamarca para aplicar el IVA a las importaciones en Dinamarca de revistas y otras publicaciones periódicas impresas en el territorio de la Comunidad, tal que definido en el artículo 3 de la mencionada Directiva y enviadas a particulares en Dinamarca.
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