Art. 17
Firma
En vigor desde 17 feb 2005
Artículo 17
Firma
El presente Convenio estará abierto a la firma de los Estados miembros de la Comisión Económica para Europa, así como de los Estados que gocen de estatuto consultivo ante la Comisión Económica para Europa, en virtud de los apartados 8 y 11 de la resolución 36 (IV) del Consejo Económico y Social, de 28 de marzo de 1947, y de las organizaciones de integración económica regional constituidas por Estados soberanos, miembros de la Comisión Económica para Europa, que les hayan transferido competencias en las materias de que trata el presente Convenio, incluida la competencia para concertar tratados sobre estas materias, en Aarhus (Dinamarca), el 25 de junio de 1998, y posteriormente en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, hasta el 21 de diciembre de 1998.
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