Art. 1
Pago de una ayuda financiera de la Comunidad a los Países Bajos
En vigor desde 15 sept 2004
Artículo 1
Pago de una ayuda financiera de la Comunidad a los Países Bajos
Se pagará un importe de 762 487 EUR a los Países Bajos como ayuda financiera de la Comunidad, correspondiente al 60 % de los gastos subvencionables para la vacunación de animales, tal como se autoriza en la Decisión 2001/246/CE.
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