Art. 26

Art. 26

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En vigor desde 10 dic 1992
Las disposiciones del presente Convenio no afectan a los privilegios fiscales de que disfruten los funcionarios diplomáticos o consulares con arreglo a las normas generales de Derecho internacional o en virtud de las disposiciones de acuerdos internacionales especiales.
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eli/es/ai/1992/03/24/(1)#art-26