Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO X

Art. Disposición adicional segunda

171 / 184
En vigor desde 29 dic 1978
La declaración de mayoría de edad contenida en el artículo 12 de esta Constitución no perjudica las situaciones amparadas por los derechos forales en el ámbito del Derecho privado.
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eli/es/c/1978/12/27/(1)#disposicion-adicional-segunda