Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección tercera. Confidencialidad
Art. Disposición transitoria única
34 / 35En vigor desde 17 dic 2020
A efectos de las auditorías de inversión, de las instalaciones tipo y del empleo de los valores unitarios de referencia de inversión, incluidas las fórmulas de determinación del valor de inversión por aplicación de los mismos, esta circular también será de aplicación a las instalaciones con retribución individualizada, según la Circular 9/2019, de 12 de diciembre, que nunca hayan estado operativas, cuya autorización administrativa previa haya sido obtenida con anterioridad al 1 de enero de 2021 y su puesta en servicio sea posterior a dicha fecha.
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Proeli/es/cir/2020/12/02/8#disposicion-transitoria-unica