Art. Disposición transitoria quinta
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria quinta

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En vigor desde 26 jul 2020
Las empresas comercializadoras informarán de forma clara y transparente a los consumidores de la nueva estructura de peajes en las tres facturas anteriores a la entrada en vigor de los peajes de transporte, redes locales, y otros costes de regasificación.
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