Art. 11
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 11

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En vigor desde 20 dic 2019
De conformidad con el artículo 7.7 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia supervisará el cumplimiento de los planes de inversión de los gestores de red de transporte, aprobados de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre.
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