Capítulo CAPÍTULO III
Art. 12
12 / 23En vigor desde 17 feb 2023
Se establecen dos incentivos cuyo objetivo es la mejora de las previsiones de demanda y producción renovable efectuadas por el operador del sistema en diferentes horizontes temporales.
1. Incentivo para la mejora de la previsión de demanda.
Se evaluará un objetivo que comprende las previsiones de demanda efectuadas por el operador del sistema, considerando tres niveles de previsión: diario, intradiario y medio/largo plazo, ponderando a partes iguales cada uno de estos horizontes.
La calidad de la previsión de medio-largo plazo se determinará según la diferencia entre la estimación de demanda anual con respecto a la demanda anual real.
La métrica considerada para el cálculo del error será el error absoluto anual respecto a la demanda total anual, siendo su formulación matemática la siguiente:
Donde:
Error anual_dem_a : error relativo anual de la previsión para el año a, publicada el mes de diciembre del año anterior.
DemPrev a : demanda prevista para el año a, publicada el mes de diciembre del año anterior en MWh.
DemandaRealAnual: demanda total del año a en MWh.
La calidad de previsión de horizonte diario se determinará en función de la diferencia entre la previsión diaria de la demanda eléctrica peninsular publicada una hora antes del cierre de ofertas al mercado diario (las 11:00 horas CET del día D-1) y el consumo horario real.
La métrica considerada para el cálculo del error será la suma del error absoluto horario anual respecto a la demanda total anual, siendo su formulación matemática la siguiente:
Donde:
Error anual_dem_d-1 : error relativo anual de la previsión para el día d publicada el día d-1.
DemPrev d-1 (h) demanda prevista para la hora h publicada el día d-1 en MWh.
RSO(h) corrección por limitaciones del OS a unidades de demanda o activación por servicio de balance en la hora h en MWh.
DemReal(h): demanda real en la hora h en MWh.
n: número de horas del año para el que se calcula el error de previsión de demanda, excluyendo días de huelgas generales (nacionales o autonómicas publicadas en el BOE) así como horas sin previsión por incidencia informática no subsanable, por no disponer de previsión en un horizonte anterior, debidamente acreditadas ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
DemandaRealAnual: demanda total del año en MWh, descontando las horas excluidas.
La calidad de previsión de horizonte intradiario se determinará en función de la diferencia entre la previsión horaria de la demanda eléctrica peninsular publicada tres horas antes del inicio de cada hora y el consumo real.
La métrica considerada para el cálculo del error será la suma del error absoluto horario anual respecto a la demanda total anual, siendo su formulación matemática la siguiente:
Donde:
Error anual_dem_h3 : error relativo anual de la previsión para la hora h publicada en la hora h-3, tres horas antes del inicio de cada hora.
DemPrev h3 (h): demanda prevista para la hora h publicada tres horas antes en MWh.
RSO(h): corrección por limitaciones del OS o activación por servicio de balance en la hora h en MWh.
DemReal(h): demanda real en la hora h en MWh.
n: número de horas del año para el que se calcula el error de previsión de demanda, excluyendo días de huelgas generales (nacionales o autonómicas publicadas en el BOE) así como horas sin previsión por incidencia informática no subsanable, por no disponer de previsión en un horizonte anterior, debidamente acreditadas ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
DemandaRealAnual: demanda total del año en MWh, descontando las horas excluidas.
El incentivo total por previsión de demanda será la suma de los incentivos de demanda de cada horizonte temporal:
Incentivo dem = Incentivo dem_a + Incentivo dem_d-1 + Incentivo dem_h3
LI dem y LS dem son el límite inferior y superior del incentivo por previsión de demanda y se fijarán mediante resolución para cada periodo regulatorio.
Cada uno de estos tres incentivos correspondientes a los tres horizontes temporales:
Alcanzarán su valor máximo LS dem /3 cuando el indicador correspondiente sea inferior o igual al umbral de retribución máxima que vendrá definido, en el caso de los indicadores diario e intradiario, mediante la aplicación de un porcentaje al valor medio de los errores horarios registrados en los cinco años anteriores al comienzo del periodo regulatorio y, en el caso del indicador anual, como el menor error de los cinco últimos años. Todos ellos, se fijarán mediante resolución para cada periodo:
Incentivo dem_a = LS dem /3 si Error anual_dem_a <= UmbralErrorInf dem_a
Incentivo dem_d-1 = LS dem /3 si Error anual_dem_d-1 <= UmbralErrorInf dem_d-1
Incentivo dem_h3 = LS dem /3 si Error anual_dem_h3 <= UmbralErrorInf dem_h3
Alcanzarán su valor mínimo LI dem /3 cuando el indicador correspondiente sea superior o igual al umbral de retribución mínima que vendrá definido, en el caso de los indicadores diario e intradiario, mediante la aplicación de un porcentaje al valor medio de los errores horarios registrados en los cinco años anteriores al comienzo del periodo regulatorio y, en el caso del indicador anual, como el mayor error de los cinco últimos años. Todos ellos, se fijarán mediante resolución para cada periodo:
Incentivo dem_a = LI dem /3 si Error anual_dem_a >= UmbralErrorSup dem_a
Incentivo dem_d-1 = LI dem /3 si Error anual_dem_d-1 >= UmbralErrorSup dem_d-1
Incentivo dem_h3 = LI dem /3 si Error anual_dem_h3 >= UmbralErrorSup dem_h3
Obtendrán valores nulos cuando el indicador correspondiente esté comprendido dentro de una banda muerta dentro de la cual, para el caso de los indicadores diario e intradiario, no hay significación estadística, con un determinado nivel de confianza, de cambio en la precisión del modelo de previsión En el caso del indicador anual, la banda muerta se determinará como 1/3 de la diferencia entre el error menor y el mayor de los últimos cinco años.
Para la determinación de todos ellos se utilizarán los errores registrados en los cinco años anteriores al comienzo del periodo regulatorio y se fijarán mediante resolución para cada periodo.
Obtendrán valores determinados por las siguientes fórmulas cuando el indicador correspondiente se sitúe por fuera de la banda muerta, pero dentro de los umbrales de retribución máxima y mínima:
Si UmbralErrorInf dem_a < Error anual_dem_a < UmbralBMInf dem_a,
entonces:
Incentivo dem_a = ((LS dem /3) / (UmbralBMInf dem_a – UmbralErrorInf dem_a )) * (UmbralBMInf dem_a – Error anual_dem_a )
Si UmbralBMSup dem_a < Error anual_dem_a < UmbralErrorSup dem_a,
entonces:
Incentivo dem_a = ((LI dem /3) / (UmbralErrorSup dem_a – UmbralBMSup dem_a )) * (Error anual_dem_a – UmbralBMSup dem_a )
Si UmbralErrorInf dem_d-1 < Error anual_dem_d-1 < UmbralBMInf dem_d-1,
entonces:
Incentivo dem_d-1 = ((LS dem /3) / (UmbralBMInf dem_d-1 – UmbralErrorInf dem_d-1 )) * (UmbralBMInf dem_d-1 – Error anual_dem_d-1 )
Si UmbralBMSup dem_d-1 < Error anual_dem_d-1 < UmbralErrorSup dem_d-1,
entonces:
Incentivo dem_d-1 = ((LI dem /3) / (UmbralErrorSup dem_d-1 – UmbralBMSup dem_d-1 )) * (Error anual_dem_d-1 – UmbralBMSup dem_d-1 )
Si UmbralErrorInf dem_h3 < Error anual_dem_h3 < UmbralBMInf dem_h3,
entonces:
Incentivo dem_h3 = ((LS dem /3) / (UmbralBMInf dem_h3 – UmbralErrorInf dem_h3 )) * (UmbralBMInf dem_h3 – Error anual_dem_h3 )
Si UmbralBMSup dem_h3 < Error anual_dem_h3 < UmbralErrorSup dem_h3,
entonces:
Incentivo dem_h3 = ((LI dem /3) / (UmbralErrorSup dem_h3 – UmbralBMSup dem_h3 )) * (Error anual_dem_h3 – UmbralBMSup dem_h3 )
Siendo UmbralBMInf dem_a, UmbralBMSup dem_a, UmbralBMInf dem_d-1, UmbralBMSup dem_d-1, UmbralBMInf dem_h3 y UmbralBMSup dem_h3 los umbrales inferior y superior que determinan la banda muerta del error para cada uno de los tres horizontes temporales respectivamente.
2. Incentivo para la mejora de la previsión de la producción de energía renovable.
Se evaluará un objetivo de mejora de las previsiones de eólica y solar fotovoltaica efectuadas por el operador del sistema, considerando dos niveles de previsión, diario e intradiario, ponderando a partes iguales cada uno de los horizontes.
El indicador de calidad de previsión de horizonte diario se determinará en función de la diferencia entre la previsión diaria peninsular de la producción eólica y fotovoltaica publicada una hora antes del cierre de ofertas al mercado diario (las 11:00 horas CET del día D-1) y la producción horaria real.
La métrica considerada para el cálculo del error será la suma del error absoluto horario anual respecto a la energía total anual cuya formulación matemática es la siguiente:
Donde:
Error anual_ren_d-1 : error relativo anual de la previsión para el día d publicada el día d-1.
ProdPrev ren_d-1 (h): producción renovable prevista para la hora h publicada el día d-1 en MWh.
RSO(h): corrección por limitaciones del OS o activación del servicio de balance en la hora h en MWh.
ProdReal(h): producción renovable real en la hora h en MWh.
n: número de horas del año para el que se calcula el error de previsión de energía renovable, excluyendo horas con precio del mercado diario inferior a 5 €/MWh así como horas sin previsión por incidencia informática no subsanable, por no disponer de previsión en un horizonte anterior, que sean autorizadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
ProducciónRealAnual: producción renovable total del año en MWh, descontando las horas excluidas.
El indicador de calidad de previsión de horizonte intradiario se determinará en función de la diferencia entre la previsión horaria de la producción eólica y fotovoltaica peninsular publicada tres horas antes del inicio de cada hora y la producción horaria real.
La métrica considerada para el cálculo del error será la suma del error absoluto horario anual respecto a la energía total anual cuya formulación matemática es la siguiente:
Donde:
Error anual_ren_h3 : error relativo anual de la previsión para la hora h publicada en la hora h-3, tres horas antes del inicio de cada hora.
ProdPrev ren_h3 (h) : producción renovable prevista para la hora h publicada tres horas antes en MWh.
RSO(h) : corrección por limitaciones del OS o activación por servicio de balance en la hora h en MWh.
ProdReal(h) : producción renovable real en la hora h en MWh.
n : n.º de horas del año para el que se calcula el error de previsión de energía renovable, excluyendo horas con precio del mercado diario inferior a 5 €/MWh así como horas sin previsión por incidencia informática no subsanable, por no disponer de previsión en un horizonte anterior, que sean autorizadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
ProduccionRealAnual : Producción renovable total del año en MWh, descontando las horas excluidas.
El incentivo total por previsión de energía renovable Incentivo ren será la suma de los incentivos de previsión de cada horizonte temporal:
Incentivo ren = Incentivo ren_d-1 + Incentivo ren_h3
LI ren y LS ren son el límite inferior y superior del incentivo por previsión de energía renovable y se fijarán mediante resolución para cada periodo regulatorio.
Cada uno de estos dos incentivos correspondientes a los dos horizontes temporales:
Alcanzan su valor máximo LS ren /2 cuando el indicador correspondiente sea inferior o igual al umbral de retribución máxima que vendrá definido mediante la aplicación de un porcentaje al valor medio de los errores horarios registrados en los cinco años anteriores al comienzo del periodo regulatorio y se fijarán mediante resolución para cada periodo:
Incentivo ren_d-1 = LS ren /2 si Error anual_ren_d-1 <= UmbralErrorInf ren_d-1
Incentivo ren_h3 = LS ren /2 si Error anual_ren_h3 <= UmbralErrorInf ren_h3
Alcanzarán su valor mínimo LI ren /2 cuando el indicador correspondiente sea superior o igual al umbral de retribución mínimo que vendrá definido mediante la aplicación de un porcentaje al valor medio de los errores horarios registrados en los cinco años anteriores al comienzo del periodo regulatorio y se fijarán mediante resolución para cada periodo:
Incentivo ren_d-1 = LI ren /2 si Error anual_ren_d-1 >= UmbralErrorSup ren_d-1
Incentivo ren_h3 = LI ren /2 si Error anual_ren_h3 >= UmbralErrorSup ren_h3
Obtendrán valores nulos cuando el indicador correspondiente esté comprendido dentro de una banda muerta dentro de la cual no hay significación estadística, con un determinado nivel de confianza, de cambio en la precisión del modelo de previsión. Para su determinación se utilizarán los errores registrados en los cinco años anteriores al comienzo del periodo regulatorio y se fijarán mediante resolución para cada periodo.
Obtendrán valores determinados por las siguientes fórmulas cuando el indicador correspondiente se sitúe por fuera de la banda muerta, pero dentro de los umbrales de retribución máxima y mínima:
Si UmbralErrorInf ren_d-1 < Error anual_ren_d-1 < UmbralBMInf ren_d-1,
entonces:
Incentivo ren_d-1 = ((LS ren /2) / (UmbralBMInf ren_d-1 – UmbralErrorInf ren_d-1 )) * (UmbralBMInf ren_d-1 – Error anual_ren_d-1 )
Si UmbralBMSup ren_d-1 < Error anual_ren_d-1 < UmbralErrorSup ren_d-1,
entonces:
Incentivo ren_d-1 = ((LI ren /2) / (UmbralErrorSup ren_d-1 – UmbralBMSup ren_d-1 )) * (Error anual_ren_d-1 – UmbralBMSup ren_d-1 )
Si UmbralErrorInf ren_h3 < Error anual_ren_h3 < UmbralBMInf ren_h3,
entonces:
Incentivo r_h3 = ((LS ren /2) / (UmbralBMInf r_h3 – UmbralErrorInf r_h3 )) * (UmbralBMInf r_h3 – Erroranual r_h3 )
Si UmbralBMSup r_h3 < Erroranual r_h3 < UmbralErrorSup r_h3,
entonces:
Incentivo ren_h3 = ((LI ren /2) / (UmbralErrorSup ren_h3 – UmbralBMSup ren_h3 )) * (Error anual_ren_h3 – UmbralBMSup ren_h3 )
Siendo UmbralBMInf ren_d-1, UmbralBMSup ren_d-1, UmbralBMInf ren_h3 y UmbralBMSup ren_h3 los umbrales inferior y superior que determinan la banda muerta del error para cada uno de los dos horizontes temporales de previsión de energía renovable.
Se modifica por el de la Circular 1/2023, de 7 de febrero. Ref. BOE-A-2023-4135 Téngase en cuenta, sobre límites parciales de cada uno de los incentivos aplicables durante el periodo regulatorio 2023-2025, la disposición adicional única de la citada Circular.
Tus anotaciones
Proeli/es/cir/2019/11/27/4#art-12