Art. Norma transitoria

Art. Norma transitoria

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En vigor desde 2 dic 2009
Los emisores deberán realizar la primera notificación del interlocutor autorizado a que se refiere la Norma tercera dentro de los 10 días siguientes a la entrada en vigor de esta Circular.
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eli/es/cir/2009/11/04/4#norma-transitoria