Art. Norma tercera

Art. Norma tercera

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En vigor desde 9 oct 2021
La falta de remisión de la información requerida en la presente Circular, o su envío fuera del plazo establecido o con errores significativos, constituirá infracción leve, grave o muy grave, según corresponda, conforme a lo establecido en el artículo 79 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
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