Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 20 feb 2021
Esta Circular es de aplicación a: a) Las empresas comercializadoras de electricidad. b) Los consumidores de energía eléctrica que pretendan informar o dar a conocer el origen de la electricidad que han consumido.
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eli/es/cir/2021/02/10/2#art-2