Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 11En vigor desde 20 feb 2021
Esta Circular tiene por objeto establecer la metodología y condiciones relacionadas con la información que las empresas comercializadoras de energía eléctrica deben proporcionar de forma obligatoria a sus clientes acerca del origen de la electricidad por ellas vendida y su impacto sobre el medio ambiente, y los formatos con los que deberán efectuar dicha comunicación.
Asimismo, tiene por objeto establecer las condiciones en las que un consumidor de electricidad pueda, voluntariamente, conocer el origen de la electricidad por él consumida y, en su caso, difundir dicha información a terceros.
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Proeli/es/cir/2021/02/10/2#art-1