Art. Norma 10
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Norma 10

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En vigor desde 5 abr 2019
1. Los operadores distintos del Banco de España que deseen establecer un sitio web que permita comparar las comisiones que los proveedores de servicios de pago aplican por los servicios asociados a cuentas de pago deberán presentar ante el Banco de España, previamente al inicio de su actividad, una declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos que les son exigibles. A tal fin, los operadores de los sitios web de comparación deberán remitir al Banco de España el formulario contenido en el anejo 3 de la presente circular, mediante transmisión telemática y de conformidad con las especificaciones técnicas que se comuniquen al efecto. 2. En caso de variación de los datos a los que hacen referencia los apartados 1 a 3 del formulario reflejado en el anejo 3, los operadores de los sitios web de comparación deberán presentar, a la mayor brevedad posible, un nuevo formulario ante el Banco de España, en el que se hará constar la información actualizada.
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eli/es/cir/2019/03/29/2#norma-10