Capítulo CAPÍTULO II›Secc. II.2. Mecanismo coordinado de gestión a plazo de la interconexión
Art. 18
18 / 40En vigor desde 18 mar 2014
1. El sujeto participante en la subasta debe dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:
a) Haber firmado el contrato tipo, con las condiciones y requisitos formales que se establezcan en el mismo.
b) Aceptar y realizar el procedimiento de registro establecido en las reglas para poder participar en la subasta.
c) Aceptar los resultados de la subasta, una vez validados por la entidad supervisora.
d) Mantener la confidencialidad de la información que haya obtenido por su participación en la subasta, cuando ésta no sea pública, de acuerdo a lo establecido en las reglas de la subasta.
e) Cumplir cualquier otro requisito establecido en las reglas de subasta y demás normativa de aplicación.
2. El sujeto participante en la subasta tendrá los siguientes derechos:
a) Ser debidamente informado en relación con todas las cuestiones relacionadas con el funcionamiento y las reglas de la subasta.
b) Participar en la subasta, conforme se establece en las reglas de la misma.
c) Ser informado de los resultados de la subasta, de acuerdo a lo establecido en las reglas de la misma.
d) Tener acceso a toda la información y documentación relacionada con la subasta y, en concreto, con su participación en la misma, de acuerdo a lo establecido en las reglas de la subasta.
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Proeli/es/cir/2014/03/12/2#18