Art. Disposición transitoria primera
Secc. Seccion quinta. Informes de actuacion e informes especiales

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 1 ene 2010
En tanto no se dicte la norma técnica aplicable al tipo de auditoría pública de que se trate a que se refiere el apartado 2 de la Instrucción 19.ª, para la confección de los informes de auditoría se seguirá la estructura y contenido de los informes que se incluye en el anexo I de esta Circular.
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