Art. Norma 8
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Norma 8

8 / 12
En vigor desde 30 may 2005
Será responsabilidad del Director General mantener actualizada la información de la página web, tanto la exigida por la Orden ECO/354/2004 como la difundida de manera voluntaria, y coordinar su contenido con el que resulte de los documentos depositados e inscritos en los correspondientes registros públicos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/cir/2005/04/21/2#norma-8