Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 26 dic 2021
1. Esta Circular tiene por objeto desarrollar los aspectos retributivos del operador del mercado eléctrico que son competencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de conformidad con el artículo 14, apartado 11, de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Reglamento (UE) 2015/1222 de la Comisión, de 24 de julio de 2015, por el que se establece una directriz sobre la asignación de capacidad y la gestión de las congestiones, y que se concretan en: – La determinación de los costes recuperables en los que incurre el operador del mercado eléctrico en virtud del Reglamento (UE) 2015/1222. – La definición del mecanismo para la recuperación de dichos costes. 2. Resulta aplicable al operador del mercado eléctrico. 3. Se aplicará a los costes derivados del acoplamiento único diario e intradiario en los que se incurra a partir del 1 de enero de 2022.
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eli/es/cir/2021/12/20/10#art-1