Art. Disposición final única

Art. Disposición final única

6 / 6
En vigor desde 27 jun 2018
La presente circular entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/cir/2018/03/12/1#disposicion-final-unica