Art. Primero
1 / 31En vigor desde 1 mar 2017
Constituye el objeto de esta Circular, la definición y desarrollo del procedimiento de cálculo de la liquidación de los importes correspondientes al régimen retributivo específico que tengan reconocido las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, así como el desarrollo del proceso de expedición y gestión de la facturación y pago en nombre de terceros relacionada con la función de la liquidación anterior.
Asimismo, es también objeto de esta Circular fijar las condiciones de forma y plazo en que deberán atenderse las comunicaciones y requerimientos de información dirigidos por la CNMC a los titulares de las instalaciones, representantes, empresas distribuidoras y cualquier otro agente que participe en el proceso de liquidación y facturación ejercido por esta Comisión
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Proeli/es/cir/2017/02/08/1#primero