Art. Disposición final primera
Secc. Sección cuarta. Delegación de funciones de control y otras obligaciones

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 4 abr 2014
El último inciso del punto 4 de la Norma 3.ª de la Circular 1/2010, de 28 de julio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, de información reservada de las entidades que prestan servicios de inversión, queda redactado en los siguientes términos: «Las Sociedades y Agencia de Valores y las Sociedades Gestoras de Carteras no tendrán que remitir los estados T1, T6, T7, T12, T13 y T15.»
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