Art. Norma tercera
3 / 9En vigor desde 1 jun 2012
Aquellos proveedores de servicios de pago que no vayan a realizar operaciones de las detalladas en la norma anterior, por carecer de la operativa detallada, quedan obligados a notificarlo al Banco de España en la forma establecida en las «aplicaciones técnicas» de esta Circular.
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Proeli/es/cir/2012/02/29/1#norma-tercera