Art. Norma tercera
3 / 9En vigor desde 7 feb 2007
La Sociedad Española de Sistemas de Pago deberá remitir al Banco de España las cuentas anuales y el informe de gestión, así como el informe de los auditores externos dentro del mes siguiente a su aprobación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/cir/2007/01/26/1#norma-tercera