Art. 40 · Derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales
Título TÍTULO VCapítulo CIUDADANÍA

Art. 40

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Derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales

En vigor desde 7 jun 2016
Todo ciudadano de la Unión tiene derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales del Estado miembro en que resida, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado.
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