Art. 27 · Derecho a la información y consulta de los trabajadores en la empresa
Título TÍTULO IVCapítulo SOLIDARIDAD

Art. 27

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Derecho a la información y consulta de los trabajadores en la empresa

En vigor desde 7 jun 2016
Deberá garantizarse a los trabajadores o a sus representantes, en los niveles adecuados, la información y consulta con suficiente antelación, en los casos y condiciones previstos en el Derecho de la Unión y en las legislaciones y prácticas nacionales.
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