Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 1 sept 2025
Las Partes Contratantes se comprometen a entregarse recíprocamente, de conformidad con las normas y en las condiciones previstas en el presente Convenio, a las personas que se encuentran en territorio de uno de los dos Estados y sean procesadas o condenadas por las autoridades judiciales del otro Estado.
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eli/es/ai/2006/09/12/(1)#art-1