Art. 5
19 / 19En vigor desde 24 abr 2010
1. El presente Acuerdo Administrativo surtirá efectos a la fecha de entrada en vigor del Acuerdo Marco.
2. El presente Acuerdo Administrativo dejará de surtir efectos en la fecha en que el Acuerdo Marco pierda su vigencia.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/ai/2009/01/22/(2)#art-5-1