Art. 4
4 / 7En vigor desde 20 jul 2020
Cuando, de conformidad con el presente Acuerdo, la Comisión tenga la intención de concluir un APA que establezca la obligación de adquirir dosis de vacunas, deberá informar a los Estados miembros participantes de su intención y de las condiciones detalladas. En caso de que un Estado miembro participante no esté conforme con la conclusión de un APA que establezca la obligación de adquirir dosis de vacunas o con las condiciones de dicho acuerdo, tendrá el derecho de excluirse voluntariamente, notificándoselo expresamente a la Comisión en el plazo de 5 días hábiles desde que esta haya comunicado su intención de concluir dicho APA. Se considerará que todos los Estados miembros participantes que no se excluyan voluntariamente en el plazo de 5 días hábiles autorizan a la Comisión a negociar y concluir el APA con el fabricante de la vacuna en su nombre y representación.
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Proeli/es/ai/2020/07/20/(1)#art-4