Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Plazas de carácter gubernativo y de carácter jurisdiccional y gubernativo
Art. 8
8 / 28En vigor desde 6 mar 2010
Son méritos específicos a valorar en la provisión de estas plazas:
a) El tiempo de servicio activo en la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo.
b) El tiempo de ejercicio en el orden jurisdiccional propio de la vacante.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/a/2010/02/25/(2)#art-8