Art. 32
Título TÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Otros actos de juramento o promesa

Art. 32

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En vigor desde 20 dic 2005
A los/las Abogados, Procuradores y Graduados Sociales se les recibirá, en su caso, juramento o promesa ante las Salas de Gobierno, cuando así se establezca en las disposiciones corporativas aplicables.
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eli/es/a/2005/11/23/(1)#art-32