Art. 2
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 2

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En vigor desde 20 dic 2005
Salvo el Título IV, este Reglamento no se aplicará a los actos jurisdiccionales, que se regirán por las leyes procesales, ni a los actos no judiciales a los que concurran miembros de los órganos de gobierno del Poder Judicial o, en general, jueces y magistrados y que se regulen por las normas de protocolo de la Administración Pública que organice el acto.
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eli/es/a/2005/11/23/(1)#art-2