Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 111
111 / 171En vigor desde 6 may 1986
Corresponde a la Gerencia:
Tramitar la convocatoria de los concursos para la elección del personal que pase a prestar servicios en el Consejo General del Poder Judicial.
Preparar los nombramientos, documentar las tomas de posesión y expedir, cuando fuere procedente, títulos y tarjetas de identidad.
Confeccionar y custodiar los expedientes correspondientes al personal destinado en el Consejo General del Poder Judicial, y tramitar cuantas incidencias y actuaciones se refieran a su régimen estatutario, ejerciendo la directa jefatura del personal que no sea de nivel superior.
La asistencia técnica a la Comisión Presupuestaria.
Realizar los estudios necesarios para la preparación del Anteproyecto de Presupuesto del Consejo y de los expedientes de modificación de créditos.
Ejercer la asistencia al Secretario General en la tramitación de los expedientes de gasto y demás correspondientes a la ejecución del presupuesto del Consejo.
Administrar los fondos «librados a justificar».
Autorizar, por encargo del Secretario General, los documentos contables y de tesorería y los actos de disposición de la cuenta del Consejo en el Banco de España.
Autorizar la cuenta de Liquidación del Presupuesto.
Gestionar los fondos de material.
Cualquier otra actividad que se le encomiende por los órganos del Consejo.
Redactados los párrafos 6 y 7 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 136, de 7 de junio de 1986. Ref. BOE-A-1986-14683
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Tus anotaciones
Proeli/es/a/1986/04/22/(1)#art-111