Art. Disposición adicional cuarta
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Procedimiento de provisión de las plazas

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 26 dic 2025
El Consejo General del Poder Judicial, a través al Centro de Documentación Judicial, impulsará la dotación y desarrollo técnico de las herramientas tecnológicas que permitan el acceso, tramitación y gestión de todos aquellos aspectos previstos en el presente reglamento.
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eli/es/a/2025/12/17/(1)#disposicion-adicional-cuarta