Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª El Registro Electrónico
Art. 11
11 / 18En vigor desde 25 nov 2016
En la sede electrónica del Tribunal se publicará una relación actualizada de los trámites y actuaciones susceptibles de efectuarse a través del Registro Electrónico, las personas físicas y jurídicas que puedan resultar obligadas a su utilización, los sistemas operativos, navegadores, sistemas de autenticación y firma electrónica admitidos para la presentación de los escritos y documentos, así como los formularios o modelos normalizados utilizables. Igualmente se publicará el calendario jurisdiccional de días inhábiles.
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Proeli/es/a/2016/09/15/(1)#art-11