Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección Primera. Publicidad de las actuaciones judiciales
Art. 1
1 / 112En vigor desde 27 oct 2005
La publicidad de las actuaciones judiciales de carácter procesal se ajustará a lo previsto en el artículo 232 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en las correspondientes leyes de procedimiento.
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Proeli/es/a/2005/09/15/(1)#art-1