Título TÍTULO XI
Art. Disposición transitoria cuarta
274 / 277En vigor desde 1 ene 2021
A los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de los presentes Estatutos no les serán de aplicación los mismos, rigiéndose por los anteriores.
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Proeli/es-cl/a/2020/12/30/111#disposicion-transitoria-cuarta