Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 69
69 / 277En vigor desde 1 ene 2021
La dirección de cada Instituto corresponderá a uno de sus doctores. La elección del mismo se llevará a cabo según se establezca en su Reglamento interno mediante votación secreta de todos los componentes del Instituto Universitario de Investigación.
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Proeli/es-cl/a/2020/12/30/111#art-69