Art. 17
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 17

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En vigor desde 1 ene 2021
El régimen y normas de funcionamiento de cada Facultad o Escuela serán regulados, de conformidad con la normativa vigente y los presentes Estatutos, por un Reglamento interno que, a propuesta de la Junta de Centro, aprobará el Consejo de Gobierno.
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