Art. 128
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 128

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En vigor desde 1 ene 2021
Todos los miembros de la comunidad universitaria tienen derecho: a) A participar, a través de los órganos de representación, en el gobierno y la gestión de la Universidad. b) A ser informados de los acuerdos de los órganos de gobierno que les afecten. c) A crear y adherirse a asociaciones en el seno de la Universidad de Valladolid, que no contravengan estos Estatutos ni el ordenamiento jurídico vigente, para el fomento y la realización de actividades solidarias, culturales, deportivas, de ocio y tiempo libre, o para la defensa de sus intereses académicos, profesionales o laborales. d) Al respeto de su honor, su intimidad y su propia imagen, así como a la protección de sus datos personales y a la garantía de sus derechos digitales. e) A no ser discriminados por razones de nacimiento, género, discapacidad, orientación sexual, etnia, opinión, religión, ideología política, o cualquier otra circunstancia personal o social. f) A recibir el reconocimiento como autores de las obras que realicen, en su calidad de titulares de los derechos reconocidos legalmente. g) A utilizar las instalaciones y Servicios comunitarios, de acuerdo con la normativa que regule su uso. h) A los demás reconocidos por las leyes y los presentes Estatutos.
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