Art. 123
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 123

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En vigor desde 1 ene 2021
Tienen el carácter de actividades de extensión universitaria, las siguientes: a) Las organizadas con tal fin por Centros y Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación u otras unidades orgánicas de la Universidad, así como por sus miembros. b) Las actividades específicas de formación permanente, reciclaje profesional o divulgación, organizadas directamente por la Universidad o en colaboración con otras entidades públicas o privadas.
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