Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección segunda bis. De la Comisión General de las Entidades Locales
Art. 56 quater
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En vigor desde 15 nov 2025
La Comisión General de las Entidades Locales se reunirá cuando sea convocada por su Presidente o por el del Senado a iniciativa propia, o cuando les sea solicitada la convocatoria por el Gobierno o un tercio de sus miembros.
Se añade por el art. único.43 de la Reforma del Reglamento de 12 de noviembre de 2025. Ref. BOE-A-2025-23055
Tus anotaciones
Proeli/es/reg/1994/05/03/(1)#art-56-quater-3