Art. Parte dispositiva
En vigor desde 20 feb 2021
1. Restricciones
Se establecen las restricciones a la circulación, a la celebración de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos o usos excepcionales de la vía y a la realización de obras o actuaciones de conservación y mantenimiento que se determinan en el punto 1 del anexo de esta resolución.
2. Exenciones a las restricciones
En el punto 2 del anexo de esta Resolución se establecen las exenciones a las restricciones a que se refiere el punto 1.
3. Sanciones y medidas cautelares
En virtud de la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, de creación del Servicio Catalán de Tráfico, las infracciones del contenido de esta Resolución se denunciarán por incumplimiento de lo establecido en la legislación vigente sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
Asimismo, y de conformidad con esta misma norma, como medida cautelar, la Policía de la Generalidad-Mossos d’Esquadra puede detener o inmovilizar un vehículo, e incluso retirarlo de la vía pública, hasta que finalice la restricción o se le autorice a continuar, siempre que cause riesgo o perturbe de manera grave el desarrollo de la circulación.
4. Derogación
Mediante esta Resolución se deja sin efecto la Resolución INT/383/2020, de 13 de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2020, así como la Resolución INT/551/2020, de 26 de febrero, y la Resolución INT/2453/2020, de 5 de octubre, de modificación de la anterior.
5. Entrada en vigor y periodo de vigencia
Esta resolución entrará en vigor a los 8 días de su publicación en el DOGC y será vigente hasta el 31 de diciembre de 2021. Sin embargo, su contenido queda prorrogado automáticamente hasta la entrada en vigor de la resolución de restricciones correspondiente al año 2022, con la aplicación análoga que corresponda por fechas.
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Proeli/es-ct/res/2021/02/08/int332#parte-dispositiva-pa