Art. Tercero

En vigor desde 1 feb 2014
Lo dispuesto en el apartado primero y segundo de la presente resolución será de aplicación para los consumos efectuados a partir de las 0 horas de la fecha de entrada en vigor de la Orden por la que se revisan los peajes de acceso de energía eléctrica para 2014.
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eli/es/res/2014/01/31/(2)#tercero

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