Art. Segundo

Este acuerdo será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente. Así mismo, se dará publicidad al Catálogo a través de las páginas electrónicas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, así como se pondrá a disposición pública los informes técnicos elaborados para su configuración, y especialmente la cartografía de referencia que señala el ámbito territorial de los acuíferos compartidos.
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eli/es/res/2026/03/30/(5)#segundo

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