Art. Segundo
En vigor desde 10 ago 2014
La Resolución de 28 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública para los entes públicos cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo, queda modificada en los siguientes términos:
Uno. En el apartado tercero, «Adaptación de la quinta parte del PGCP a los entes públicos cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo», se crea el epígrafe D) con el siguiente contenido:
«D) Otras modificaciones.
– La definición de la cuenta 558 tendrá la siguiente redacción:
558. Provisiones de fondos para pagos a justificar y anticipos de caja fija.
Recoge la situación y los movimientos de los fondos librados para pagos a justificar y anticipos de caja fija, a favor de cajeros pagadores integrados orgánicamente en la entidad contable.
Figurará en el activo corriente del balance en el epígrafe B.III, “Deudores y otras cuentas a cobrar”, excepto la subcuenta 5586 que figurará en el epígrafe C.IV, “Acreedores y otras cuentas a pagar”, del pasivo corriente.
Funcionará a través de sus divisionarias.
El contenido y movimiento de las subcuentas que comprende es el siguiente:»
Dos . En el punto A) «Adecuación del balance» del apartado cuarto, «Adecuación de las cuentas anuales», se realizan las siguientes modificaciones:
a) Se modifica el primer párrafo, que tendrá la siguiente redacción:
«Como consecuencia de las adaptaciones del Cuadro de cuentas y de las Definiciones y relaciones contables, que se regulan en los apartados segundo y tercero, respectivamente, de esta resolución, se realizan las siguientes modificaciones en el modelo del balance:»
b) Se modifica el punto 2, que tendrá la siguiente redacción:
«2. En la partida 2., “Otras cuentas a cobrar”, del epígrafe B.III, “Deudores y otras cuentas a cobrar”, del activo figurarán las cuentas 469, (4901), 550, 555, 5580, 5581, 5584 y 5585.»
c) Se modifica el punto 9, que tendrá la siguiente redacción:
«9. En la partida 2., “Otras cuentas a pagar”, del epígrafe C.IV, “Acreedores y otras cuentas a pagar”, del pasivo figurarán las cuentas 429, 550, 554, 5586 y 559.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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Proeli/es/res/2014/07/30/(2)#segundo